Javier Aparicio – Guardia Nacional constitucional

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17 de Enero de 2019

 

A pesar de la prohibición explícita del artículo 129 constitucional —“en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”—, es un hecho que el Ejército y la Marina han apoyado tareas de seguridad pública desde hace más de una década.

El gobierno anterior intentó normalizar esta situación mediante una Ley de Seguridad Interior, misma que fue desechada por inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación apenas en noviembre pasado. Menos de dos meses después, una mayoría calificada de legisladores encontró un atajo más sencillo: elevar a rango constitucional la militarización de la seguridad pública, cambiarle de nombre a las policías militares y hacer que éstos queden exceptuados de la prohibición del artículo 129.

El decreto mismo reconoce que existe una situación de emergencia en cuanto a violencia y seguridad en el país. Por extraño que parezca, para atender esta emergencia se propone una reforma constitucional que difícilmente podrá echarse para atrás. Muchos detalles importantes están por definir en leyes secundarias, por supuesto, pero el partido del gobierno cuenta con la mayoría simple para aprobarlas sin el apoyo de ningún otro partido.

Es claro que, en situaciones de emergencia, las Fuerzas Armadas son el instrumento de última instancia del estado para imponer el orden, lo cual no necesariamente implica justicia o seguridad. Sin embargo, ¿qué sucede cuando los instrumentos excepcionales se vuelven la norma? Si las Fuerzas Armadas son más confiables y robustas que las policías locales o federales, ¿por cuánto tiempo podremos recurrir a ellas antes de que se desgasten o sean corrompidas por el crimen organizado?

Si la estrategia militarizada falla, ¿cuál es el siguiente paso? Incluso si se confía en el buen criterio del presidente en turno, ¿quién garantiza que los presidentes del futuro no abusarán del poder que les otorga esta reforma? ¿Quién garantizará que la Guardia Nacional recién creada no abusará de los poderes que le conferirá la Constitución?

¿Cuál es el diagnóstico detrás de la creación de la Guardia Nacional? ¿Cuál es la evidencia según la cual mantener a las Fuerzas Armadas en las calles es una mejor inversión de largo plazo que fortalecer la capacidad de las policías locales y federal? México no es el único país latinoamericano que ha recurrido recientemente a sus Fuerzas Armadas para apoyar tareas de seguridad pública: allí están las experiencias de países como Venezuela, Bolivia, Ecuador, Perú y Brasil. ¿Alguno de estos países ha tenido una experiencia exitosa? Según Rut Diamint, profesora de la Universidad Torcuato Di Tella
y experta en relaciones cívico-militares, la respuesta es no.

A decir de expertos en la materia, como mi colega Julio Ríos, la nueva guardia nacional carece de suficientes controles que permitan una adecuada rendición de cuentas de su desempeño habida cuenta de que las Fuerzas Armadas en México han gozado de una amplia autonomía por décadas.

Para concluir, cito su participación en las audiencias públicas sobre Guardia Nacional del pasado 10 de enero: “Si se ha de recurrir a las Fuerzas Armadas para desempeñar tareas de seguridad pública, la encomienda debe ser estrictamente controlada por autoridades y grupos civiles, acotada temporal y materialmente mediante leyes sobre regulación del uso de la fuerza y modificaciones al código penal militar anteriores a la creación de la (nueva) organización (…), y con un plan de salida explícito y detallado que incluya la creación de policías profesionales y eficaces”. ¿Contaremos con todo ello?

 





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